Sobre obligatoriedad de certificado internacional de vacunas contra fiebre amarilla para ingreso a territorio ecuatoriano
El Ministro de Salud Pública en estricto cumplimiento a lo establecido por el Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005) el cual establece requisitos de vacunación contra la fiebre amarilla para viajeros que ingresan a países específicos o desde áreas donde esta la enfermedad, ha identificado la necesidad de presentación obligatoria del Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla para ingresar a territorio ecuatoriano a viajeros procedentes de Colombia, Perú, Bolivia y Brasil, tomando en cuenta las siguientes precisiones:
1.- La vacuna deberá ser suministrada al menos diez (10) días antes del ingreso a territorio ecuatoriano.
2.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día lunes, 05 de mayo de 2025, a fin de que los viajeros procedentes de dichos países tengan un tiempo prudencial para poder vacunarse.
3.- La presentación obligatoria del Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla aplicará a todos los viajeros de nacionalidad o residencia en los mencionados países.
4.- La presentación obligatoria del Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla aplicará a todos los viajeros de nacionalidad o residencia de otros países que hayan permanecido por más de diez (10) días en dichos países.
5.- Todos los viajeros de nacionalidad o residencia ecuatoriana que se hayan desplazado azonas de riesgo de fiebre amarilla deben estar vacunados, al menos diez días antes de su ingreso al país.
Más información: https://www.salud.gob.ec/
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