Requisitos de ingreso de mascotas de compañía (perros y gatos) a Ecuador

La presente información ha sido tomada de la web oficial de la Agencia AGROCALIDAD del Gobierno del Ecuador.
Puntos a cumplir:
PASO 1.– Presentar el Certificado Zoosanitario de Exportación para su perro y/o gato otorgado por el Servicio Veterinario Oficial del país de procedencia en español, detallando el cumpliendo de los requisitos sanitarios exigidos por Ecuador.
• El animal debe haber sido sometido a un examen clínico, con una antelación máxima de 10 días previos al embarque, en el cual se le ha reconocido estar libre de enfermedades
transmisibles. Este examen clínico quedará reflejado en un certificado veterinario expedido por un veterinario colegiado. Este certificado deberá ser emitido en los 10 días previos al viaje del animal.
• El citado certificado veterinario debe indicar que el animal cumple con las condiciones sanitarias indicadas en el certificado ASE-946, destacándose entre ellas que el animal ha sido vacunado contra la rabia entre 1 y 12 meses que preceden al embarque, y que ha sido
sometido a un tratamiento antiparasitario externo e interno.
•Adicionalmente a la vacunación antirrábica, el animal debe haber sido vacunado contra las siguientes enfermedades:
• Gatos: Panleucopenia felina, Calicivirus felino, Rinotraqueitis infecciosa felina.
• Perros: Parvovirosis canina, Leptospirosis canina, Hepatitis canina, Parainfluenza canina.
• Una vez que el veterinario clínico haya emitido el «Certificado de buena salud» debe pasar por el Colegio de Veterinarios de la provincia correspondiente para solicitar la certificación que diga que el veterinario que firma el certificado está colegiado.
• Deberá solicitar el certificado ASE-946 para la exportación a Ecuador de perros y gatos procedentes de España, en el Área de agricultura de la Subdelegación o Delegación del gobierno correspondiente de su Comunidad Autónoma. Este certificado deberá ser cumplimentado por
un Veterinario Oficial del Estado.
Lea las enfermedades que deben detectarse en la prueba veterinaria, plazos y otros temas de interés, de acuerdo a AGROCALIDAD ECUADOR en el siguiente enlace:
PASO 2. Cuando el animal arribe en la bodega del avión hay dos opciones para su ingreso al país:
- Si se lo entregan junto a su equipaje en el área de arribo internacional se nacionalizará únicamente presentando el Certificado zoosanitario de Exportación emitido por el servicio Veterinario Oficial del país de origen.
- Si su mascota la llevan a bodegas de carga, el usuario deberá entregar al técnico de AGROCALIDAD el Certificado Zoosanitario de Exportación emitido por el Servicio veterinario oficial del país de origen y el *comprobante de depósito por $26,21 dólares por la inspección de cada animal para la emisión del Permiso Zoosanitario de Importación, para su posterior nacionalización por parte de SENAE. Consulte cómo hacer el pago aquí: https://www.agrocalidad.gob.ec/wp-content/uploads/2021/09/Cuentas-para-pago-de-cze-1-2.pdf
PASO 3. Inspección clínica del perro y/o gato, por parte de un técnico de AGROCALIDAD.
NOTAS:
- Cuando el perro o gato arribe al país en la cabina del avión junto al pasajero o por un paso fronterizo terrestre, no necesitará obtener el permiso zoosanitario de importación, pero obligatoriamente deberá presentar el Certificado Zoosanitario de Exportación.
- Para el ingreso de perros y gatos que hayan salido temporalmente del Ecuador, podrá utilizarse el mismo Certificado Zoosanitario de Exportación expedido por AGROCALIDAD para retornar al Ecuador, siempre que no hayan transcurrido más de treinta (30) días calendarios desde la fecha de emisión. Caso contrario, deberán cumplir con el procedimiento establecido con este fin.
- No se recibirán pagos en efectivo, todo trámite será atendido con la presentación de la papeleta de depósito y por el valor actual que refleja el tarifario vigente.
CONTACTO EN AGROCALIDAD: christian.zambrano@agrocalidad.gob.ec
https://guia.agrocalidad.gob.ec/agrodb/aplicaciones/publico/productos1/consultaRequisitoComercio.php
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