Cartas de No Objeción
Trámite: personal e indelegable que inicia con la recepción de toda la documentación habilitante conforme al procedimiento aprobado “Manual de Procedimiento – Emisión Certificado No Objeción”
Costo: $20 en Money Order (único medio de pago aceptado)
Requiere cita: NO, los pedidos se atienden conforme su llegada.
Tiempo de espera total: El trámite de emisión de un Certificado de No Objeción será de aproximadamente un mes, una vez que el interesado remita correctamente toda la documentación exigida en este procedimiento y el Ministerio de Educación emita el certificado de que el solicitante no es becario, deudor, ni garante de un crédito educativo en el Ecuador.
La Carta de No Objeción es un documento emitido por la Embajada del Ecuador en los Estados Unidos, señalando que el solicitante no tiene obligación de regresar al Ecuador para cumplir con el requisito de dos años de residencia extranjera, contemplado en la sección 212(e) de la Ley de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos, y que el Ecuador no obligará, no exigirá que el ciudadano ecuatoriano preste sus servicios relacionados con sus estudios al Ecuador y que nuestro país no contribuyó en su formación.
Este procedimiento se realiza únicamente ante el Consulado del Ecuador en Washington D.C., inicia con la presentación de la documentación solicitada y finaliza con el envío directo al Departamento de Estado de la CARTA NO OBJECIÓN con la firma del Embajador/a del Ecuador en los Estados Unidos de América
Previo a la solicitud ante el Consulado del Ecuador, el ciudadano ecuatoriano debe revisar su elegibilidad para el requisito de dos años de presencia física en sus países de origen, en el siguiente enlace: Eligibility for a Waiver of the Exchange Visitor Two-Year Home-Country Physical Presence Requirement (state.gov)
DOCUMENTACIÓN SOLICITADA:
El usuario debe enviar por correo postal la siguiente documentación:
- Carta dirigida a la Cónsul del Ecuador en Washington D.C, Ministra Alisva Coronel, solicitando que obtenga del Ministerio de Educación la certificación de no ser becario, deudor, ni garante de un crédito educativo en el Ecuador. Dicha carta deberá incluir: Nombres y apellidos completos (tal y como figuran en el pasaporte), número de cédula, número de teléfono, correo electrónico, cualquier información adicional que considere relevante¸ dirección postal completa en Estados Unidos (o en Ecuador si el interesado no estuviera residiendo en EE. UU.), y firma autógrafa del interesado al final de la carta.
- Copia del pasaporte ecuatoriano vigente, únicamente de la hoja donde se registra los datos.
- Carta dirigida por el interesado/a la Encargada de Negocios a.i. Soledad Peña, solicitando un Certificado de No Objeción, en la que se exprese el interés y la razón por la que se solicita el certificado, el pedido deberá contener la firma autógrafa del interesado, adicionalmente debe incluir un párrafo en el que exprese lo siguiente: “Bajo prevención legal certifico que no he recibido beca o préstamo de institución oficial del Gobierno ecuatoriano alguna y que no tengo contrato firmado que me obligue con ellas a regresar al país. Así mismo, manifiesto no tener compromiso alguno con organismos públicos o privados que me hayan financiado una beca y que con base a ellos me hubiera comprometido a regresar al Ecuador.”
- Hoja de vida.
- Copia de todos los visados J1 y el formulario DS 2019.
- Copia del documento denominado “THIRD PARTY BARCODE PAGE” en el que conste el número de caso asignado. Este documento es emitido por el Departamento de Estado (U.S. Department of State), Waiver Review Division en la siguiente dirección: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/study/exchange/waiver-of-the-exchange-visitor/how-to-apply-waiver.html#nobjection
- La oferta de trabajo, si la solicitud es por razones laborables; o Carta de la universidad o institución académica si la solicitud es por estudios; o Carta de la universidad o institución que patrocinó su visa J-1 en la cual se indique que el interesado no tiene compromisos pendientes con ellos. (Estas certificaciones deben ser ORIGINALES con firma autógrafa y en papel con logotipo de la entidad).
CONSIDERACIONES GENERALES:
- Una vez recibida la documentación completa, el Consulado procederá a solicitar al Ministerio de Educación la certificación de que un ciudadano ecuatoriano no es becario, deudor, ni garante de un de un crédito educativo en el Ecuador.
- Cuando el Ministerio de Educación certifique que el ciudadano ecuatoriano no es becario, deudor, ni garante de un crédito educativo en el Ecuador, el Consulado requerirá al solicitante se remita por correo postal certificado, un MONEY ORDER, por un valor de VEINTE DÓLARES (US$20), por el pago de la certificación de la CARTA consular.
- En caso de que existan compromisos pendientes con el Ministerio de Educación ( anterior SENESCYT) será notificado al solicitante y el proceso será archivado, si el ciudadano opta por efectuar las gestiones necesarias para cumplir con todos los compromisos deberá iniciar nuevamente el proceso.
- Una vez que el Consulado reciba el pago se procederá a la emisión de la Carta de No Objeción.
- El Consulado del Ecuador en Washington DC remitirá la CARTA de NO OBJECIÓN directamente al Departamento de Estado de los Estados Unidos e informará al solicitante.
DIRECCIÓN ENVÍO:
Consulado del Ecuador en Washington D.C.
2535 15th Street N.W. Washington, DC, 20009
NOTA ACLARATORIA: NO se puede reemplazar ninguno de los documentos antes detallados. El envío de información incorrecta o no solicitada retrasa los tiempos de respuesta, por lo cual se le solicita apegarse estrictamente a este protocolo.