Requisitos para Poderes / Actos Notariales Autorización Salida de Menores

Enlace oficial para obtener cita en el Consulado: https://citas.cancilleria.gob.ec/Home/Ubicaciones

Se recuerda que la obtención de cita es gratuita y personal. Evite intermediarios.

PODER ESPECIAL Y GENERAL

El poder especial o general es un documento legal en el cual una persona (el mandante) autoriza a otra (el mandatario) para que lo represente en un tramite en especifico o en varios tramites. El mandatario solo puede realizar lo que esta escrito en el poder especial o general.

REQUISITOS:

  • Se debe traer al Consulado la Minuta (texto en versión Word) Este documento puede enviarlo al correo del Consulado el día de su cita o puede traerlo en un USB
  • La persona quien otorga el poder (mandante) debe traer el día de su cita pasaporte o cédula de ciudadanía ECUATORIANA. En caso de ser extranjero pasaporte o cédula de identidad vigente.
  • El apoderado puede realizar múltiples gestiones hasta que sea revocado o fallezca una de las partes.
  • Un poder especial se otorga cuando el mandante (persona quien va a dar el poder) requiere que su mandatario (persona quien recibe el poder) actúe en su representación en trámites específicos como por ejemplo, la venta de un vehículo u obtener el pasaporte de un menor de edad. Este tipo de poder tiene duración hasta que el mandato se cumpla o el mandante lo revoque.
  • Un poder general se utiliza cuando el mandante requiere que su mandatario le represente y actúe a su nombre en cualquier tipo de trámite. (compraventa de bienes inmuebles, trámites de banco, girar cheques, firma en toda clase de escritura pública). Además este poder no vence y se permite actuar sin restricciones específicas por lo que el poderdante tiene que revocar este poder si decide dejarlo sin uso.

Para obtener cita debe ingresar al siguiente enlace: https://citas.cancilleria.gob.ec/Home/Ubicaciones y seleccionar en servicios PODERES. Se recuerda que la obtención de cita es gratuita y personal. Evite intermediarios.

El valor del arancel para pasaporte es de USD 60,00 dólares, se recuerda que todo pago en el Consulado es en efectivo con dólares EN PERFECTO ESTADO (sin sellos, manchas o rotos) 

AUTORIZACIÓN DE SALIDA

La Autorización de Salida es el documento en el cual el padre, la madre o de quien ejerce la patria potestad, autoriza la salida del Ecuador hacia el exterior de un menor de edad. Este documento tiene validez de 90 días desde el día de su emisión.

REQUISITOS:

  • La persona que requiera hacer una autorización de salida debe traer al Consulado su pasaporte o cédula de ciudadanía ECUATORIANA. En caso de ser extranjero se debe traer pasaporte o cédula de identidad vigente.
  • Datos del menor de edad (número de cédula) y si va a viajar acompañado datos (número de cédula) del adulto responsable quien lo cuidará en el viaje.
  • Se debe saber con exactitud el país donde viajará el menor, la dirección en donde el menor se quedará durante el viaje, los días que estará fuera del país y la fecha de su salida del Ecuador.
  • Si la persona requiere hacer una autorización de salida en representación de uno de los padres o guardián legal del menor se debe traer el poder FÍSICO, en donde se indique que puede representar al mandante en este tramite.

El valor del arancel para la Autorización de Salida es de USD 25,00 dólares, se recuerda que todo pago en el Consulado es en efectivo con dólares EN PERFECTO ESTADO (sin sellos, manchas o rotos) 

Para obtener cita debe ingresar al siguiente enlace: https://citas.cancilleria.gob.ec/Home/Ubicaciones y seleccionar en servicios AUTORIZACIÓN DE SALIDA O PODERES. Se recuerda que la obtención de cita es gratuita y personal. Evite intermediarios.