Pasaportes

1.1 Vigencia del pasaporte.

El pasaporte biométrico ecuatoriano tiene vigencia por diez años, desde la fecha de expedición. Es importante que su titular consulte con las autoridades extranjeras el margen de vigencia aceptado para el otorgamiento de visas y fechas de viaje al exterior

1.2 Costo del Pasaporte.

El pasaporte ecuatoriano cuesta US$90. Las personas de la tercera edad deben pagar US$45. Las personas con discapacidad (esta condición consta en la información del Registro Civil) están exentas del pago. El pago es en efectivo y se efectúa en el Consulado.

1.3 Requisitos para el otorgamiento del Pasaporte Ordinario para de menores de edad.

  • Presencia del menor de edad.
  • Previamente debe obtener la cita en el siguiente link: https://citas.cancilleria.gob.ec/Home/Ubicaciones
  • En caso de que se solicite el pasaporte por primera vez, debe presentar la cédula de ciudadanía ecuatoriana o la partida de nacimiento. Si es renovación debe presentar el pasaporte anterior original.
  • Presencia de los dos padres.
  • Cédula y/o pasaportes originales de los padres.
  • Si uno de los padres no es ecuatoriano deberá presentar el documento de identidad de su país de origen.
  • Si uno de los padres no puede presentarse ante el Consulado para firmar la autorización de otorgamiento del pasaporte, puede hacerse representar por otra persona, siempre y cuando esta tenga un poder especial notarial vigente, para representar al padre ausente, según lo dispone el Código de la Niñez y Adolescencia en sus artículos 109 y 110. En este caso debe presentar copia notarial auténtica (fotocopia no es válida).
  • Si solo uno de los padres tiene la patria potestad, se deberá presentar copia auténtica de la sentencia judicial emitida por juez competente ecuatoriano (Capítulo II del Código de la Niñez y Adolescencia). La resolución judicial que otorgue exclusivamente a uno de los progenitores la tenencia y cuidado del hijo menor de edad no exime al padre al que no se le hubiere concedido la tenencia y el cuidado, de su obligación y derecho de representar, al amparo de la figura jurídica de la “Patria Potestad”, junto con el otro padre, los intereses del hijo menor de edad no emancipado.
  • El pago de los derechos se realiza en el Consulado (US$90 en efectivo).

1.4 Requisitos para el otorgamiento del Pasaporte Ordinario para mayores de edad.

  • El solicitante debe presentarse personalmente ante el Consulado.
  • Previamente debe obtener la cita en el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/phoenix/ (botón: AGENDE SU CITA PARA TRAMITES CONSULARES).
  • En caso de que se solicite el pasaporte por primera vez, debe presentar la cédula de ciudadanía ecuatoriana o la partida de nacimiento.  Si es renovación debe presentar el pasaporte anterior original.
  • Las personas que hubieran adquirido la nacionalidad ecuatoriana por naturalización deberán presentar también una copia de su Carta de Naturalización. El Consulado, antes de tramitar el otorgamiento del pasaporte, solicitará al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana la confirmación de vigencia de dicha Carta de Naturalización.
  • El pago de los derechos se realiza en el Consulado (US$90 en efectivo).

1.5 Requisitos para el otorgamiento del Pasaporte Ordinario para pasaportes de 3era edad (desde los 65 años de edad).

  • El solicitante debe presentarse personalmente ante el Consulado.
  • Previamente debe obtener la cita en el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/phoenix/ (botón: AGENDE SU CITA PARA TRAMITES CONSULARES). 
  • En caso de que se solicite el pasaporte por primera vez, debe presentar la cédula de ciudadanía ecuatoriana o la partida de nacimiento.  Si es renovación debe presentar el pasaporte anterior original.
  • El pago de los derechos se realiza en el Consulado (US$45 en efectivo).

1.6 Requisitos para el otorgamiento del Pasaporte Ordinario para pasaportes de discapacitado.

  • El solicitante debe presentarse personalmente ante el Consulado.
  • Previamente debe obtener la cita en el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/phoenix/ (botón: AGENDE SU CITA PARA TRAMITES CONSULARES) .
  • En caso de que se solicite el pasaporte por primera vez, debe presentar la cédula de ciudadanía ecuatoriana o la partida de nacimiento.  Si es renovación debe presentar el pasaporte anterior original.
  • La condición de discapacitado consta en el sistema del Registro Civil del Ecuador, lo cual será constatado por el funcionario consular, a pedido del solicitante del pasaporte. Si la persona tiene la calificación de discapacitado, estará exento del pago de derechos para la obtención de su pasaporte.

1.7 Procedimiento en caso de pérdida o robo del pasaporte.

En caso de extravío o robo del pasaporte, deberá realizar una declaración juramentada, cuyo costo es de US$25 en efectivo. Esta declaración se formulará en el Consulado.

1.8 ¿Puede otra persona a retirar mi pasaporte en el Consulado?

En caso de que una persona distinta al Titular se presente al Consulado a retirar el pasaporte, debe presentar una carta de autorización firmada por el titular del pasaporte, en la que conste el nombre completo y número de identificación de la persona que retira.

1.9 Envío del pasaporte para ciudadanos ecuatorianos que no viven en Phoenix.

Para su comodidad el Consulado puede enviar el pasaporte impreso por correo. Para ello deberá traer un sobre prepagado de la agencia de correo USPS, en el que conste su nombre y dirección de domicilio, además de las estampillas y número de tracking.

1.10 ¿En cuánto tiempo recibiré el libretín de mi pasaporte?

Una vez realizada la captura biométrica, el pasaporte se entregará en aproximadamente 60 días, debido a que se imprime en otra dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

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