CONVOCATORIA CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA

La Embajada del Ecuador en el Perú informa que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), de conformidad con lo establecido en el artículo 208, numeral 11 de la Constitución de la República, artículo 69 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y el artículo 18 de la Reforma y Codificación del Reglamento del Concurso de Oposición y Méritos para la Selección y Designación de la Primera Autoridad de la Defensoría Pública, convoca a las y los ciudadanos ecuatorianos residentes en el país y en el exterior, de forma individual, a inscribirse en el concurso de méritos y oposición para la designación de:
LA PRIMERA AUTORIDAD DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA
REQUISITOS DE POSTULACIÓN:
a) Ser ecuatoriana o ecuatoriano y hallarse en goce de los derechos políticos;
b) Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país;
c) Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas, por un lapso mínimo de diez años.
PROHIBICIONES E INHABILIDADES:
Además de las prohibiciones determinadas en los artículos 192 último inciso y 232 de la Constitución de la República del Ecuador, el artículo 77 del Código Orgánico de la Función Judicial y artículo 13 de la Ley Orgánica de la Defensoría Pública, no podrá postularse para ejercer el cargo de la primera autoridad de la Defensoría Pública, quien:
a) Posea, a título personal o a través de su cónyuge, bienes, capitales, inversiones, fondos, acciones, participaciones de cualquier naturaleza en paraísos fiscales;
b) Sea cónyuge o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del presidente o vicepresidente de la República;
c) Hubiese sido condenado o condenada por sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad, por delitos de violencia contra la mujer y otros, mientras esta subsista;
d) Tenga contrato con el Estado, como persona natural, socio o socia, representante, apoderado o apoderada de personas jurídicas, nacionales o extranjeras, celebrado para la adquisición de bienes, ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos sin relación de dependencia o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual;
e) Se hallare en interdicción judicial, mientras esta subsista, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta;
f) Tenga sentencia ejecutoriada del Tribunal Contencioso Electoral por alguna infracción tipificada en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador – Código de la Democracia-, sancionada con la suspensión de los derechos políticos y de participación, mientras esta subsista;
g) No haya cumplido las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad competente, en caso de haber sido sancionado o sancionada por violencia intrafamiliar o de género;
h) Haya ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto;
i) Haya sido sancionado o sancionada por delitos de lesa humanidad;
j) Tenga obligaciones en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) como empleador o prestatario;
k) Tenga obligaciones tributarias con deuda en firme con el Servicio de Rentas Internas (SRI);
l) Haya sido directivo de partidos o movimientos políticos inscritos en el Consejo Nacional Electoral o haya desempeñado dignidades de elección popular en los cinco (5) últimos años;
m) Sea miembro de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional o de la Comisión de Tránsito del Ecuador en servicio activo, o representante de cultos religiosos;
n) Tengan pensiones alimenticias vencidas y que se reflejen en el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA);
o) Sea cónyuge, tenga unión de hecho, o sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de las Consejeras o Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y/o de las y los miembros de la Comisión Ciudadana de Selección;
p) Haya sido sancionado o sancionada con destitución por responsabilidad administrativa o tenga sanción en firme por responsabilidad civil o penal en el ejercicio de funciones públicas, sin que se encuentre rehabilitado o rehabilitada;
q) Incurra en alguna de las inhabilidades, impedimentos o prohibiciones para el ingreso o reingreso al servicio civil en el sector público; y,
r) Las demás prescritas en la Constitución y la ley.
s) La o el postulante acreditará no estar incurso en las prohibiciones señaladas, mediante una declaración juramentada en el formato único, otorgado mediante escritura pública ante Notario Público.
Adicionalmente, los postulantes deberán acreditar los documentos públicos correspondientes solicitados en la convocatoria para demostrar que no se encuentren inhabilitados.
Sin perjuicio de lo anterior, los miembros de la Comisión Ciudadana de Selección estarán obligados a verificar que el postulante no esté incurso en ninguna de las inhabilidades.
DOCUMENTOS A ENTREGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
La o el postulante presentará el expediente adjuntando la documentación de respaldo en originales o debidamente certificada o notariada, conforme la normativa expedida por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Las certificaciones que se generen en línea con firma electrónica válida no requerirán de notarización, los documentos que se descarguen en línea sin firma electrónica deberán ser materializados por notario público.
Serán documentos de presentación obligatoria:
- Formulario único de postulación y hoja de vida de acuerdo con el formato único establecido por la Comisión Ciudadana de Selección y publicado en el portal web institucional;
- Copia notariada a color de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del último proceso electoral;
- Copia notariada del título de tercer y/o cuarto nivel y el certificado de registro emitido por la SENESCYT;
- Certificados de no tener prohibiciones e inhabilidades entregados por las instituciones públicas respectivas, descritos en el artículo 22 de la Reforma y Codificación del Reglamento del Concurso de Oposición y Méritos para la Selección y Designación de la Primera Autoridad de la Defensoría Pública
- Certificaciones que acrediten su experiencia laboral o profesional con o sin relación
de dependencia; - Declaración juramentada ante Notario Público de conformidad con el formato único aprobado por la Comisión Ciudadana de Selección en la que se acredite el cumplimiento de los requisitos y, la no incursión en las prohibiciones e inhabilidades previstas para ejercer el cargo; y
- Certificado de no estar registrado en la Base de Datos de la UAFE; Certificado de homónimo con personas registradas en la base de datos de la UAFE.
- La o el postulante será responsable por cualquier falsedad en la documentación presentada y
le acarreará las responsabilidades civiles, administrativas y penales a las que hubiere lugar.
Los documentos constantes en el presente artículo son indivisibles, no pueden subsanar ni
reemplazar a otra materia del presente Reglamento.
LUGAR, FECHA Y HORA DE RECEPCIÓN DE POSTULACIONES:
Las postulaciones se recibirán del 09 al 23 de noviembre de 2022 de 08h30 a 17h00 y en la misma hora dentro del huso horario correspondiente en el exterior.
Las postulaciones se receptarán en:
● Oficinas del CPCCS en Quito, en la calle Santa Prisca 425 y Vargas, Edificio Centenario;
● Delegaciones provinciales del CPCCS en todo el país, cuyas direcciones constan en el sitio web institucional www.cpccs.gob.ec
● Embajadas y consulados del Ecuador en el exterior.
Toda la información relacionada se encuentra en la página web institucional www.cpccs.gob.ec