Documento por el que una persona natural o jurídica autoriza a otra para realizar todo tipo de gestiones en su nombre. Los poderes pueden ser generales o especiales.
REQUISITOS
- Ser mayor de edad (18 años).
- Estar en uso de razón y poder expresarse de palabra o por escrito en Español.
- Cédula o pasaporte original ecuatoriano vigente (para extranjeros: pasaporte vigente).
- Número de cédula de la persona a quien se otorga el poder.
- Información del trámite que va a realizar en el Ecuador.
- Si la persona que va a otorgar el poder no sabe leer ni escribir necesita de 2 testigos que hablen Español, quienes se presentarán con cédula o pasaporte vigente.
- En caso de que la persona que otorga el poder no entienda el Español, se necesita de un traductor, quien presentará su cédula o pasaporte vigente.
NOTA.- Si tiene una minuta (texto), deberá traerla en una memoria externa o enviarla por correo electrónico en formato Word a uno de los siguientes correos:
- Oficina Manhattan: notarialesny@cancilleria.gob.ec
- Oficina Queens: queens.consulado@gmail.com
REVOCATORIA DE PODERES:
Trámite que deja sin efecto jurídico el mandato otorgado anteriormente a una persona a través de un poder general o especial.
- La revocatoria se realiza en el mismo Consulado en el que se realizó el poder.
- Las revocatorias de poderes realizados en el Ecuador pueden hacerse en cualquier consulado con datos exactos del documento.
REQUISITOS
- Cédula o pasaporte ecuatoriano original vigente.
- Datos exactos del poder a revocarse, número, fecha y número de cédula de la persona a quien se le dio el poder.
NOTA IMPORTANTE: Si Usted presenta cualquier documento emitido en Estados Unidos (partida de nacimiento, matrimonio, defunción, etc.) para algún trámite consular, estos documentos deberán estar traducidos al Español, notarizados y apostillados. La apostilla deberá realizarse tanto en el documento original como en la traducción notarizada.