Pasaportes Ordinarios

El pasaporte es el documento de viaje que permite a la persona ecuatoriana ingresar y salir del territorio nacional e identificarse en el exterior.

El pasaporte lleva impreso los nombres y apellidos completos de la persona, tal como constan en la Dirección General de Registro Civil Identificación y Cedulación del Ecuador.

Los pasaportes ordinarios tienen una validez de 10 años, salvo los de emergencia que se emiten únicamente para retornar al territorio ecuatoriano. 

No existen revalidaciones de pasaportes, es decir no se puede extender la fecha de validez del pasaporte.


REQUISITOS

MAYORES DE 18 AÑOS

  • Cédula o pasaporte ecuatoriano original.

MENORES DE 18 AÑOS

  • Cédula o pasaporte ecuatoriano original. 
  • Deben estar presentes padre y madre, con su cédula o pasaporte ecuatoriano original.
  • En caso de ausencia de padre o madre, se requiere poder especial en el que se autoriza al progenitor o al representante del menor presente a obtener el pasaporte. 
  • Si padre o madre han fallecido, se deberá presentar el certificado de defunción.
  • Si posee el ejercicio exclusivo de la patria potestad del menor, dictado por un juez en el Ecuador, se debe presentar el original o copia certificada de la sentencia. 

EN CASO DE ROBO O PÉRDIDA DEL PASAPORTE

Si su pasaporte vigente fue extraviado; deberá realizar una declaración juramentada sobre la pérdida, o presentar la  denuncia realizada ante la policía en debida forma.

Si la declaración está en otro idioma distinto al español, preséntela traducida con reconocimiento de firma ante un notario público.

OTROS CASOS

  • Los ciudadanos naturalizados como ecuatorianos, presentarán una copia de su carta de naturalización.

Para el trámite de pasaportes NO NECESITA TRAER FOTOS.

CARACTERÍSTICAS OBLIGATORIAS DE LA FOTOGRAFÍA PARA EMISIÓN DE PASAPORTE

La captura de la foto del usuario se apega a reglamentos internos y estándares Internacionales.

Al momento de tomar la fotografia de la ciudadana(o) se tomará en cuenta los siguientes aspectos:

  • El rostro y orejas deben estar 100% descubiertos.
  • El cabello no debe cubrir las orejas ni la tonalidad de la frente.
  • No podrán usar sombreros o cintillos que cubran el rostro.
  • Los ojos deben estar abiertos moderadamente.
  • El uso de gafas, lentes o lentes de contacto no está permitido.
  • No podrá usar piercings, diademas, aretes o maquillaje excesivo.
  • Los aretes en las mujeres no podrán exceder el 20% del tamaño de la oreja.
  • Para los usuarios miembros de movimientos religiosos o grupos étnicosLos usuarios que por razones religiosas o étnicas no puedan tener descubierta su cabeza, deberán justificar mediante documentación pertinente ser miembro de la religión o etnia que mantiene dichas prácticas.

NOTA IMPORTANTE: Si Usted presenta cualquier documento emitido en Estados Unidos (partida de nacimiento, matrimonio, defunción, etc.) para algún trámite consular, estos documentos deberán estar traducidos al Español, notarizados y apostillados. La apostilla deberá realizarse tanto en el documento original como en la traducción notarizada.