Autorización de Salida de Menores

Documento emitido por el padre, la madre o por quien ejerce la patria potestad, a través del cual se autoriza la salida de un niño, niña o adolescente, menor de 18 años, del Ecuador hacia el exterior, el cual no viaje con el menor. 

REQUISITOS

  • Copia del documento de identidad ecuatoriano del menor (cédula o pasaporte).
  • Cédula o pasaporte original vigente de quien realiza el trámite (padre, madre o de quien ejerce la patria potestad).
  • Pasaje aéreo e itinerario
  • Dirección exacta del domicilio en el extranjero donde permanecerá el menor.
  • Número de cédula o pasaporte y teléfono de la persona que viajará con el menor.

NOTA.- No se requiere autorización para la salida del Ecuador de menores ecuatorianos residentes en otros países o menores extranjeros que ingresen en calidad de turistas a territorio ecuatoriano (art. 137 del Reglamento a la LOMH).

NOTA IMPORTANTE: Si Usted presenta cualquier documento emitido en Estados Unidos (partida de nacimiento, matrimonio, defunción, etc.) para algún trámite consular, estos documentos deberán estar traducidos al Español, notarizados y apostillados. La apostilla deberá realizarse tanto en el documento original como en la traducción notarizada. 

En caso de ciudadanos ecuatorianos residentes en otros países que ingresen en calidad de turismo al Ecuador, no requieren autorización de salida del país para retornar a su país de residencia.

Más información:

https://www.gob.ec/mremh/tramites/autorizacion-salida-pais-otorgamiento-pasaporte-ninos-ninas-adolescentes

Consultas con relación a las autorizaciones de salida del país de menores de edad aquí