Celebración de matrimonio en sede consular

Para fijar la fecha para inscripción o celebración de matrimonio en sede, debe acercarse al Consulado, por lo menos con dos semanas de anticipación con la documentación a continuación descrita:

  1. Completar la solicitud de inscripción/celebración de matrimonio en sede consular;
  2. Cédula o pasaporte físico vigente de los novios;
  3. Cédula o pasaporte físico vigente de los testigos;
  4. Si uno de los novios es extranjero, deberá presentar:
    • Certificado original de estado civil y nacionalidad, o su equivalente, APOSTILLADO. La vigencia no debe ser mayor a 3 meses contados a partir de la fecha de la emisión. 
    • Certificado de estado civil y nacionalidad, o su equivalente, TRADUCIDO EN NOTARÍA Y APOSTILLADO.
  5. Si uno de los novios o los dos novios son divorciados, deberán presentar sentencia de divorcio;
  6. Si uno de los novios o los dos novios tienen hijos menores de edad, de anteriores compromisos, deberán presentar la curaduría emitida por juzgado ecuatoriano. Si en la curaduría no se establece si se administra o no bienes del menor, deberá presentar el inventario solemne de bienes y de no tener bienes, deberá presentar la información sumaria o el documento emitido por juez competente, en el que se confía el ejercicio de la tenencia al otro progenitor o a un tercero.
  7. En caso de respuesta afirmativa en el numeral 18 de la solicitud, deberá presentar Original de la Sentencia Ejecutoriada o Acta Notarial de Capitulaciones Matrimoniales.

Nota:

  • El costo de todo el trámite es de $63,00 (sesenta y tres dólares) que se los pagará el día del matrimonio, únicamente con tarjeta de débito o crédito.
  • Se debe señalar un testigo por cada uno de los novios, los testigos podrán ser ecuatorianos o extranjeros, mayores de edad.
  • Las capitulaciones matrimoniales son el acuerdo que celebran los esposos o los cónyuges, respecto a los bienes, a las donaciones y a las concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o de futuro, pueden realizarse antes, al momento de la celebración o durante el matrimonio.
  • La administración de la sociedad conyugal es la herramienta encargada de reglar los asuntos de la administración de los bienes que han sido adquiridos o el patrimonio que ha de ser adquirido y administrado bajo matrimonio por los cónyuges. La administración de los bienes puede quedar a cargo de cualquier cónyuge.
  • Las ceremonias matrimoniales se realizan los viernes a partir de las 11h30 am.
  • El día del matrimonio podrán asistir máximo 10 personas a la ceremonia.
  • De requerir, se otorgará tiempo para intercambiar alianzas.