COMUNICADO IMPORTANTE

El Consulado General del Ecuador en Milán, gracias a la Nota Verbal del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Internacional italiano, informa que:

  1. Sobre Documentos Oficiales emitidos en Italia: Todos los certificados, actos, permisos, concesiones, autorizaciones y actos de otra forma de habilitación, independientemente de su denominación, que expiren entre el 31 de enero y el 15 de abril de 2020, seguirán siendo válidos hasta el 15 de junio de 2020″;
  2. Sobre Permiso de Residencia (Permesso di Soggiorno) en Italia: «Aquellos permisos que tenga fecha de expiración entre la fecha 31 de enero y el 15 de abril de 2020, seguirán siendo válidos hasta el 15 de junio de 2020»;
  3. Sobre las Oficinas Migratorias italianas: «A causa de la contingente emergencia sanitaria, las ventanillas de las oficinas de asuntos migratorios de las jefaturas (questura) están temporaneamente cerradas al público»;
  4. Sobre los extranjeros con períodos breves (turistas): «Los extranjeros con visado de breve período que se encuentren en Italia, sea con o sin visado vigente, no deberán cumplir con ninguna formalidad; la extensión de su estadía en territorio italiano más allá del vencimiento del período permitido (justificado por razones objetivas de fuerza mayor, como el impedimento de movimiento), no perjudicará su status legal, siempre que cumplan con la obligación de abandonar el territorio nacional tan pronto como se superen los impedimentos actuales»;

Para cualquier otra información o aclaración sobre la disciplina aplicada se ruega de escribir a la dirección del Ministerio dell’Interno, servicio Policía de Fronteras y extranjería, al e-mail: [email protected].

(En base al Artículo 103 del Decreto Ley de 17 de marzo de 2020, no. 18 que rige la suspensión de los términos en los procedimientos administrativos y los efectos de los actos administrativos que expiran en el período comprendido entre el 31 de enero y el 15 de abril, como consecuencia de los efectos determinados por la epidemia COVID-19).
Ministero dell’Interno – Dipartimento della Pubblica Sicurezza

Nota Verbal 4116-47542 del 6 de abril de 2020