PODER GENERAL
El PODER GENERAL es un CONTRATO DE MANDATO conforme el Código Civil. Es decir, un PODER consiste en un encargo o autorización que se otorga a un tercero para que actúe en en su nombre y representación.
Mediante un PODER GENERAL ese encargo es amplio y permite que un tercero actúe en su nombre y le represente en TODOS LOS ASPECTOS como: abrir y cerrar cuentas bancarias; hacer depósitos y retiros a su nombre; comprar y vender sus bienes en Ecuador; realizar trámites en instituciones públicas y privadas etc. (consulte con su abogado si el poder general le será valido para el trámite que desea realizar)
Recuerde que al otorgar un Poder, usted es el responsable de su contenido, ya que la función notarial del Consulado es elevar a Escritura Pública el mandato que usted otorga; es decir, darle validez legal a su poder.
REQUISITOS:
– Ser mayor de edad (18 años).
– Estar en uso de razón y poder expresarse de palabra o por escrito en español.
– Cédula o pasaporte original ecuatoriano vigente (para extranjeros: pasaporte original vigente).
NOTA: para el PODER GENERAL el consulado un formato general si usted desea utilizar su propio formato favor enviar la minuta en FORMATO WORD a: [email protected]
* IMPORTANTE: Al enviar el correo electrónico, poner en ASUNTO, lo siguiente: «MINUTA PODER GENERAL más nombre del solicitante»
COSTO:
| Poder General | £60.00 En Efectivo |
| Personas de la tercera edad | Pagan el 50% de las tarifas establecidas |
| Personas con discapacidad igual o superior al 30%, que presenten el carnet de discapacidad | Están exoneradas del pago de las tarifas establecidas |
AGENDAR CITA:
Para agendar una cita ingrese al siguiente enlace: https://citas.cancilleria.gob.ec/Home/Ubicaciones/
– Recibirá un correo electronico con la confirmación de su cita .