{"id":246,"date":"2021-05-10T12:16:12","date_gmt":"2021-05-10T12:16:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/espana\/?p=246"},"modified":"2021-05-10T12:16:12","modified_gmt":"2021-05-10T12:16:12","slug":"recomendacion-para-ciudadanos-ecuatorianos-sobre-restricciones-de-movilidad-por-la-evolucion-pandemica-del-covid-19-en-ecuador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/espana\/2021\/05\/10\/recomendacion-para-ciudadanos-ecuatorianos-sobre-restricciones-de-movilidad-por-la-evolucion-pandemica-del-covid-19-en-ecuador\/","title":{"rendered":"Recomendaci\u00f3n para ciudadanos ecuatorianos sobre restricciones de movilidad por la evoluci\u00f3n pand\u00e9mica del Covid-19 en Ecuador"},"content":{"rendered":"\n<p>La Embajada del Ecuador en Espa\u00f1a recomienda a sus connacionales informarse debidamente sobre las medidas sanitarias y las restricciones de movilidad por la evoluci\u00f3n pand\u00e9mica del Covid-19, antes de programar su viaje al Ecuador.<\/p>\n\n\n\n<p>En tal sentido, se recomienda a los connacionales <strong>limitarse a realizar aquellos viajes imprescindibles necesarios <\/strong>a causa de una emergencia familiar o gestiones inaplazables.<\/p>\n\n\n\n<p>Ecuador se encuentra en una situaci\u00f3n grave por el Covid-19, vinculada al aumento significativo de contagios, casos m\u00e1s graves de enfermedad cl\u00ednica, incremento de hospitalizaciones y alta letalidad. Por lo que <strong>se recomienda<\/strong> <strong>a los viajeros la<\/strong> <strong>contrataci\u00f3n de un seguro m\u00e9dico de salud<\/strong> que cubra cualquier eventualidad durante su viaje.<\/p>\n\n\n\n<p>Se recuerda a los viajeros que<strong> pueden consultar los requisitos de entrada al pa\u00eds, (PCR o test de ant\u00edgenos realizado con 72h previas al viaje) o cartilla de vacunaci\u00f3n para ciudadanos ya inmunizados, entre otros requerimientos en el siguiente enlace: <\/strong><a href=\"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/espana\/2021\/03\/22\/protocolo-de-ingreso-a-ecuador-aprobado-por-coe-nacional-a-17-de-marzo-de-2021\/\">https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/espana\/2021\/03\/22\/protocolo-de-ingreso-a-ecuador-aprobado-por-coe-nacional-a-17-de-marzo-de-2021\/<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>IMPORTANTE:<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica suscribi\u00f3 el 21 de abril, el <strong>Decreto Ejecutivo N\u00b0 1291, en el que dispuso el Estado de Excepci\u00f3n por 28 d\u00edas en 16 provincias por calamidad p\u00fablica ante el embate de la COVID-19. Las provincias afectadas son: <\/strong>Azuay, Imbabura, Loja, Manab\u00ed, Santo Domingo de los Ts\u00e1chilas, Guayas, Pichincha, Los R\u00edos, Esmeraldas, Santa Elena, Tungurahua, Carchi, Cotopaxi, Zamora Chinchipe, El Oro y Sucumb\u00edos, medida que rige desde las 20:00 del viernes 23 de abril hasta las 23:59 del jueves 20 de mayo.<\/p>\n\n\n\n<p>Medidas:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Toque de queda en el siguiente horario: de lunes a jueves desde las 20:00 hasta las 05:00. Restricci\u00f3n absoluta de movilidad desde las 20:00 de los viernes, s\u00e1bado y domingo todo el d\u00eda, hasta las 05:00 del d\u00eda siguiente.<\/li><li>Se except\u00faan a sectores de: salud, seguridad p\u00fablica y privada, servicios de emergencia, agencias de control, sectores estrat\u00e9gicos, servicios de emergencia vial, sector exportador y toda su cadena log\u00edstica; prestaci\u00f3n de servicios b\u00e1sicos, provisi\u00f3n de alimentos, medicinas, insumos m\u00e9dicos y sanitarios; industrias relacionadas al cuidado y crianza de animales; trabajadores de medios de comunicaci\u00f3n; servicios de log\u00edstica; servicios diplom\u00e1tico y consular y de organismos internacionales; personas particulares en caso de emergencia justificada; actividades del sector financiero; funcionarios de: funci\u00f3n Electoral, abogados, Corte Constitucional, Funci\u00f3n Judicial, Defensor\u00eda del Pueblo, Asamblea, Contralor\u00eda y Procuradur\u00eda. As\u00ed como en aquellos casos que se requiera movilizaci\u00f3n hacia y desde aeropuertos y puertos; y personas que tienen agendadas sus citas de vacunaci\u00f3n debidamente comprobado o citas m\u00e9dicas y odontol\u00f3gicas. Sectores de la construcci\u00f3n, turismo y manufacturero.<\/li><li>Los \u00fanicos documentos habilitantes para la circulaci\u00f3n: RUC, RISE, gu\u00edas de remisi\u00f3n, credenciales, billetes de embarque, turno para vacunaci\u00f3n o cita m\u00e9dica.<\/li><li>Los salvoconductos emitidos por los municipios quedan sin efecto y se proh\u00edbe la emisi\u00f3n de nuevos salvoconductos.<\/li><li>Libre circulaci\u00f3n vehicular (sin restricci\u00f3n de placas) de lunes a viernes de 05h00 a 20h00. Los s\u00e1bados y domingos no habr\u00e1 circulaci\u00f3n, salvo los casos exceptuados.<\/li><li>El aforo m\u00e1ximo permitido en el transporte p\u00fablico urbano es del 50%.<\/li><li>El aforo m\u00e1ximo autorizado en el transporte intra e interprovincial es del 75% y \u00fanicamente operar\u00e1n la mitad de frecuencias. Est\u00e1 permitida su circulaci\u00f3n en el horario del toque de queda siempre y cuando tengan viajes nocturnos de m\u00e1s de seis horas y salgan de las terminales antes de las 20:00.<\/li><li>Se mantienen abiertos los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos para actividades productivas y comerciales.<\/li><li>Est\u00e1n prohibidas las aglomeraciones, fiestas y reuniones en espacios p\u00fablicos y privados en el horario del toque de queda.<\/li><li>El aforo m\u00e1ximo permitido en: establecimientos comerciales, patios de comidas, restaurantes, funerarias, iglesias, gimnasios, teatros y cines, es del 30%. \u00danicamente los centros de distribuci\u00f3n y venta de alimentos tendr\u00e1n un aforo permitido del 50%.<\/li><li>Cierre de playas y balnearios durante el toque de queda. Fuera del toque de queda los aforos, horarios y control de medidas de bioseguridad ser\u00e1n controlados por los GAD.<\/li><li>Plan de vacunaci\u00f3n sigue en marcha.<\/li><li>Permanecen abiertos los parques y espacios p\u00fablicos con limitaciones de aforo y horario (de acuerdo con el toque de queda), en observancia de todas las medidas de bioseguridad, a excepci\u00f3n de canchas deportivas o lugares en donde se practiquen deportes grupales.<\/li><li>Los bares, discotecas, centros de diversi\u00f3n y similares permanecer\u00e1n cerrados.<\/li><li>Ning\u00fan COE cantonal puede emitir medidas contrapuestas a las dictadas por el COE Nacional, y los Municipios ser\u00e1n los encargados de vigilar el cumplimiento de \u00e9stas.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, en las 24 provincias del pa\u00eds se aplican las siguientes medidas:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Queda prohibida la venta y consumo de alcohol en el horario del toque de queda.<\/li><li>Desde la vigencia del estado de excepci\u00f3n, hasta el jueves 20 de mayo de 2021, se adopta de manera obligatoria la modalidad de teletrabajo tanto en el sector p\u00fablico como en el sector privado.<\/li><li>Las clases presenciales contin\u00faan suspendidas a escala nacional. Se realizar\u00e1n en modalidad virtual.<\/li><li>Se mantienen vigentes los lineamientos de ingreso al pa\u00eds.<\/li><li>Se insta a los GAD al cierre de bares, discotecas, centros de diversi\u00f3n y similares durante el estado de excepci\u00f3n.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p class=\"excerpt\">La Embajada del Ecuador en Espa\u00f1a recomienda a sus connacionales informarse debidamente sobre las medidas sanitarias y las restricciones de movilidad por la evoluci\u00f3n pand\u00e9mica del Covid-19, antes de programar su viaje al Ecuador. En tal sentido, se recomienda a los connacionales limitarse a realizar aquellos viajes imprescindibles necesarios a causa de una emergencia familiar o gestiones inaplazables. 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