{"id":227,"date":"2021-07-12T08:32:26","date_gmt":"2021-07-12T08:32:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/?p=227"},"modified":"2024-08-29T12:57:15","modified_gmt":"2024-08-29T12:57:15","slug":"registros-nacimiento-matrimonio-defuncion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/2021\/07\/12\/registros-nacimiento-matrimonio-defuncion\/","title":{"rendered":"Registros nacimiento \/ matrimonio \/ defunci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><strong>1. Registro de nacimiento<\/strong><\/p>\n<p>El registro de personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador, se efect\u00faa con el<br \/>\nprop\u00f3sito de que el registro surta efectos legales en el Ecuador. Se registrar\u00e1n los datos tal y como constan en el acta de inscripci\u00f3n extranjera, sin posibilidad de realizar modificaciones.<\/p>\n<p><u>Requisitos:<\/u><\/p>\n<ul>\n<li>Enviar un correo electr\u00f3nico a <a href=\"mailto:eecucatar@cancilleria.gob.ec\"><strong>cecudoha@cancilleria.gob.ec<\/strong><\/a> solicitando el servicio de registro de nacimiento. Se deber\u00e1 adjuntar al correo una copia de los siguientes documentos:\n<ul>\n<li>Copia del pasaporte vigente de solicitante.<\/li>\n<li>Certificado de nacimiento emitido por autoridad competente del pa\u00eds de origen,\u00a0 legalizado y traducido al idioma espa\u00f1ol. La traducci\u00f3n deber\u00e1 tambi\u00e9n contar con la respectiva legalizaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Pasaporte vigente del titular de la inscripci\u00f3n en caso de ser mayor de edad.<\/li>\n<li>C\u00e9dula de identidad vigente de los progenitores ecuatorianos, en caso de no disponerla podr\u00e1 presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deber\u00e1 estar vigente.<\/li>\n<li>Certificado de matrimonio legalizado.<\/li>\n<li>Si uno de los progenitores es extranjero deber\u00e1 presentar:\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente de la o el progenitor.<\/li>\n<li>Documento de identidad vigente de la o el progenitor si son ciudadanos de pa\u00edses miembros de la CAN.<\/li>\n<li>Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Una vez revisada y validada la documentaci\u00f3n, se informar\u00e1 los datos bancarios para el deposito del valor de USD 55.00 por el servicio<\/li>\n<li>En caso de madre o padre extranjero(a), el d\u00eda en que se registre el nacimiento, se deber\u00e1 tambi\u00e9n realizar una declaraci\u00f3n juramentada en la Secci\u00f3n Consular de la Embajada, a fin de registrar los nombres de sus progenitores y su actual profesi\u00f3n. El costo de la declaraci\u00f3n juramentada es de USD. 25,00<\/li>\n<li>La Embajada podr\u00e1 tambi\u00e9n solicitar la realizaci\u00f3n de una declaraci\u00f3n juramentada, cuando el acta o certificado de nacimiento no contenga toda la informaci\u00f3n necesaria para el registro.<\/li>\n<li>Cuando la Embajada reciba el pago, y apruebe los documentos, se coordinar\u00e1 la cita.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Costo: USD 55,00 por registro de nacimiento\u00a0 y USD 25,00 por la declaraci\u00f3n juramentada (en caso de que uno de los progenitores sea extranjero o el acta de nacimiento no contenga toda la informaci\u00f3n requerida)<\/p>\n<p>Nota: Para los ciudadanos que sean hijos de padre o madre ecuatorianos por nacimiento que no hayan sido registrados en las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior, o que su abuelo o abuela sea ecuatoriana o que su bisabuelo o bisabuela sea ecuatoriana, podr\u00e1n acceder al registro de nacimiento o reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana respectivamente, acerc\u00e1ndose de forma presencial o mediante poder especial en las oficinas de la Direcci\u00f3n General de Registro Civil, Identificaci\u00f3n y Cedulaci\u00f3n, citadas a continuaci\u00f3n: Agencia Matriz I\u00f1aquito y Agencia Quitumbe de Quito; Agencia principal de Guayaquil y Agencia principal de Cuenca,<\/p>\n<p><strong>2. Registro de matrimonio<\/strong><\/p>\n<p>El registro de matrimonios celebrados en el extranjero, se efect\u00faa con el prop\u00f3sito de que el registro surta efectos legales en el Ecuador. Se registrar\u00e1n los datos tal y como constan en el acta de inscripci\u00f3n extranjera, sin posibilidad de realizar modificaciones.<\/p>\n<p><u>Requisitos:<\/u><\/p>\n<ul>\n<li>Enviar un correo electr\u00f3nico a <a href=\"mailto:eecucatar@cancilleria.gob.ec\"><strong>cecudoha@cancilleria.gob.ec<\/strong><\/a> solicitando el servicio de registro de matrimonio. Se deber\u00e1n adjuntar al correo una copia de los siguientes documentos:\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente del solicitante.<\/li>\n<li>Certificado de matrimonio emitido por autoridad competente del pa\u00eds de origen, debidamente legalizado y traducido al idioma espa\u00f1ol.<\/li>\n<li>C\u00e9dula de identidad vigente de los contrayentes ecuatorianos, en caso de no disponerla podr\u00e1 presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deber\u00e1 estar vigente.<\/li>\n<li>Visas de residencia de ambos contrayentes en alguno de los pa\u00edses pertenecientes a la jurisdicci\u00f3n consular de la Embajada.<\/li>\n<li>Si uno de los contrayentes es extranjero deber\u00e1 presentar:\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente de la o el contrayente.<\/li>\n<li>Documento de identidad vigente de la o el contrayente si son ciudadanos de pa\u00edses miembros de la CAN.<\/li>\n<li>Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Una vez revisada y validada la documentaci\u00f3n, se informar\u00e1 los datos bancarios para el deposito del valor de USD 55,00 por el servicio de registro y USD. 25,00 por la declaraci\u00f3n juramentada (en caso de que uno de los contrayentes sea extranjero).<\/li>\n<li>En caso de contrayentes extranjeros, el d\u00eda en que se registre el matrimonio, se deber\u00e1 tambi\u00e9n realizar una declaraci\u00f3n juramentada en la Secci\u00f3n Consular de la Embajada, a fin de registrar los nombres de sus progenitores y su actual profesi\u00f3n. El costo de la declaraci\u00f3n juramentada es de USD. 25,00<\/li>\n<li>La Embajada podr\u00e1 tambi\u00e9n solicitar la realizaci\u00f3n de una declaraci\u00f3n juramentada, cuando el certificado de matrimonio no contenga toda la informaci\u00f3n necesaria para el registro.<\/li>\n<li>Cuando la Embajada reciba el pago, y apruebe los documentos, se coordinar\u00e1 la cita.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Costo: USD 55,00 por registro de matrimonio\u00a0 y USD 25,00 por la declaraci\u00f3n juramentada (en caso de que uno de los contrayentes sea extranjero o el certificado de matrimonio no contenga toda la informaci\u00f3n requerida)<\/p>\n<p><u>Excepciones:<\/u><\/p>\n<ul>\n<li>No podr\u00e1n contraer matrimonio ni registrar matrimonios personas menores de 18 a\u00f1os de edad.<\/li>\n<li>No podr\u00e1n contraer matrimonio ni registrarse matrimonios celebrados con parientes por consanguinidad en l\u00ednea recta (padre, madre, hijo\/a, abuelo\/a, nieto\/a, bisabuelo\/a, biznieto\/a, tatarabuelo\/a y tataranieto\/a) y parientes colaterales en segundo grado civil de consanguinidad (hermanos).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>3. Registro de defunci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El registro de personas ecuatorianas fallecidas en el extranjero se efect\u00faa con el prop\u00f3sito de que el registro surta efectos legales en el Ecuador. Para los casos de ciudadanos extranjeros que consten en el sistema del Registro Civil del Ecuador y que hayan fallecido en el exterior, ser\u00e1 procedente registrar su defunci\u00f3n, para lo cual el solicitante deber\u00e1 presentar el certificado o acta de defunci\u00f3n apostillada o legalizada y traducida al idioma espa\u00f1ol.<\/p>\n<p><u>Requisitos:<\/u><\/p>\n<ul>\n<li>Enviar un correo electr\u00f3nico a <a href=\"mailto:eecucatar@cancilleria.gob.ec\"><strong>cecudoha@cancilleria.gob.ec<\/strong><\/a> solicitando el servicio de registro de defunci\u00f3n. Se deber\u00e1 adjuntar al correo una copia de los siguientes documentos.\n<ul>\n<li>Certificado de inscripci\u00f3n de defunci\u00f3n emitida por autoridad competente del pa\u00eds de origen, legalizada y traducida al idioma espa\u00f1ol.<\/li>\n<li>C\u00e9dula de identidad del solicitante, en caso de no disponerla podr\u00e1 presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deber\u00e1 estar vigente.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Si el solicitante es extranjero deber\u00e1 presentar:\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente.<\/li>\n<li>Documento de identidad vigente si son ciudadanos de pa\u00edses miembros de la CAN.<\/li>\n<li>Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Una vez revisada y validada la documentaci\u00f3n, se informar\u00e1 los datos bancarios para el deposito del valor de USD 55,00 por el servicio de registro.<\/li>\n<li>Cuando la Embajada reciba el pago, y apruebe los documentos, se coordinar\u00e1 la cita.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Costo: USD 55,00<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p class=\"excerpt\">1. Registro de nacimiento El registro de personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador, se efect\u00faa con el prop\u00f3sito de que el registro surta efectos legales en el Ecuador. Se registrar\u00e1n los datos tal y como constan en el acta de inscripci\u00f3n extranjera, sin posibilidad de realizar modificaciones. 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