{"id":225,"date":"2021-07-12T08:32:06","date_gmt":"2021-07-12T08:32:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/?p=225"},"modified":"2024-08-29T12:58:27","modified_gmt":"2024-08-29T12:58:27","slug":"inscripciones-nacimiento-matrimonio-defuncion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/2021\/07\/12\/inscripciones-nacimiento-matrimonio-defuncion\/","title":{"rendered":"Inscripciones nacimiento \/ matrimonio \/ defunci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><strong>1. Inscripci\u00f3n de nacimiento<\/strong><\/p>\n<p><u>Requisitos:<\/u><\/p>\n<p>Enviar un correo electr\u00f3nico a <a href=\"mailto:eecucatar@cancilleria.gob.ec\"><strong>cecudoha@cancilleria.gob.ec<\/strong><\/a> solicitando el servicio de inscripci\u00f3n de nacimiento. Se deber\u00e1 adjuntar al correo una copia de los siguientes documentos:<\/p>\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente de solicitante.<\/li>\n<li>Certificado de nacimiento o su equivalente otorgado por el profesional de la salud que atendi\u00f3 el parto en el extranjero, debidamente legalizado y traducido al idioma espa\u00f1ol. La traducci\u00f3n debera contar tambi\u00e9n con su respectiva legalizaci\u00f3n.<\/li>\n<li>C\u00e9dula de identidad de los progenitores ecuatorianos, en caso de no disponerla podr\u00e1n presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deber\u00e1 estar vigente.<\/li>\n<li>Certificado de matrimonio legalizado.<\/li>\n<li>Si uno de los progenitores es extranjero deber\u00e1 presentar:\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente de la o el progenitor<\/li>\n<li>Documento de identidad vigente de la o el progenitor si son ciudadanos de pa\u00edses miembros de la CAN<\/li>\n<li>Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>En caso de madre o padre extranjero(a), el d\u00eda en que se registre el nacimiento, se deber\u00e1 tambi\u00e9n realizar una declaraci\u00f3n juramentada en la Secci\u00f3n Consular de la Embajada, a fin de registrar los nombres de sus progenitores y su actual profesi\u00f3n. El costo de la declaraci\u00f3n juramentada es de USD. 25,00<\/li>\n<li>La Embajada podr\u00e1 tambi\u00e9n solicitar la realizaci\u00f3n de una declaraci\u00f3n juramentada, cuando el acta o certificado de nacimiento no contenga toda la informaci\u00f3n necesaria para la inscripci\u00f3n.<\/li>\n<li>Cuando la Embajada reciba el pago, y apruebe los documentos, se coordinar\u00e1 la cita.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Costo:<\/p>\n<p>Inscripci\u00f3n de Nacimiento Ordinaria (menor 90 d\u00edas) o Extraordinaria (desde los 91 d\u00edas hasta antes de los 18 a\u00f1os): USD. 5.00 y USD 25,00 por la declaraci\u00f3n juramentada (en caso de que uno de los progenitores sea extranjero o el acta de nacimiento no contenga toda la informaci\u00f3n requerida)<\/p>\n<p><strong>2. Celebraci\u00f3n (inscripci\u00f3n) de matrimonio\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><u>Requisitos:<\/u><\/p>\n<ul>\n<li>Enviar un correo electr\u00f3nico a <a href=\"mailto:eecucatar@cancilleria.gob.ec\"><strong>cecudoha@cancilleria.gob.ec<\/strong><\/a> solicitando el servicio de celebraci\u00f3n de matrimonio. Se deber\u00e1n adjuntar al correo una copia de los siguientes documentos:\n<ul>\n<li>C\u00e9dula de identidad vigente de los contrayentes ecuatorianos, en caso de no disponerla podr\u00e1n presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deber\u00e1 estar vigente.<\/li>\n<li>Certificado de Identidad y Estado Civil del Registro Civil del Ecuador, del contrayente o los contrayentes ecuatorianos, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.<\/li>\n<li>Certificado de estado civil y nacionalidad o su equivalente, en caso de contrayentes extranjeros. El documento deber\u00e1 estar legalizado y traducido al idioma espa\u00f1ol.<\/li>\n<li>Visas de residencia de ambos contrayentes en alguno de los pa\u00edses pertenecientes a la jurisdicci\u00f3n consular de la Embajada.\u00a0<\/li>\n<li>Si uno de los contrayentes es extranjero deber\u00e1 presentar:\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente de la o el contrayente<\/li>\n<li>Documento de identidad vigente de la o el contrayente si son ciudadanos de pa\u00edses miembros de la CAN<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>En caso de contrayentes extranjeros, el d\u00eda en que se celebre el matrimonio, se deber\u00e1 tambi\u00e9n realizar una declaraci\u00f3n juramentada en la Secci\u00f3n Consular de la Embajada, a fin de registrar los nombres de sus progenitores y su actual profesi\u00f3n. El costo de la declaraci\u00f3n juramentada es de USD. 25,00<\/li>\n<li>Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.<\/li>\n<li>Para el caso de que la contrayente o el contrayente tenga hijos menores de edad con un tercero que no sea su futuro\/a c\u00f3nyuge y que se encuentren bajo su cuidado y tenencia, deber\u00e1 presentar la curadur\u00eda especial. Si en la curadur\u00eda no se encuentra establecido si se administra o no bienes del menor, se deber\u00e1 presentar a m\u00e1s de la curadur\u00eda, el inventario solemne de bienes y de no tener bienes, deber\u00e1 presentar la informaci\u00f3n sumaria o en su defecto deber\u00e1 presentar el documento emitido por juez competente, con el cual se conf\u00eda el ejercicio de la tenencia al otro progenitor o a un tercero<\/li>\n<li>De tratarse de un ecuatoriano o ecuatoriana divorciada, se debe presentar una copia certificada de la subinscripci\u00f3n del divorcio en el Registro Civil del Ecuador. Si el matrimonio y el divorcio se hizo en el exterior y en el hecho est\u00e1 inmerso una persona ecuatoriana, es necesario registrar el matrimonio y el divorcio en el Ecuador. Si tuvo m\u00e1s de un matrimonio o divorcio, solo se debe registrar el \u00faltimo para que conste el registro completo con quien se cas\u00f3 y de quien se est\u00e1 divorciando. La subinscripci\u00f3n del divorcio se lo realizar\u00e1 \u00fanicamente en las agencias de Registro Civil en el Ecuador de forma presencial o mediante poder especial.<\/li>\n<li>Presencia de dos testigos.<\/li>\n<li>Una vez revisada y validada la documentaci\u00f3n, se informar\u00e1 los datos bancarios para el deposito del valor de USD 55,00 por el servicio de inscripci\u00f3n y celebraci\u00f3n de matrimonio, y USD. 25,00 por la declaraci\u00f3n juramentada (en caso de que uno de los contrayentes sea extranjero).<\/li>\n<li>Cuando la Embajada reciba el pago, y apruebe los documentos, se coordinar\u00e1 la cita.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Costo: USD 55,00 por celebraci\u00f3n y registro de matrimonio\u00a0 y USD 25,00 por la declaraci\u00f3n juramentada (en caso de que uno de los contrayentes sea extranjero)<\/p>\n<p><strong>3. Inscripci\u00f3n de defunci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><u>Requisitos:<\/u><\/p>\n<ul>\n<li>Enviar un correo electr\u00f3nico a <a href=\"mailto:eecucatar@cancilleria.gob.ec\"><strong>cecudoha@cancilleria.gob.ec<\/strong><\/a> solicitando el servicio de inscripci\u00f3n de defunci\u00f3n. Se deber\u00e1 adjuntar al correo una copia del pasaporte actual de solicitante.<\/li>\n<li>Las personas obligadas a declarar y solicitar la inscripci\u00f3n de una defunci\u00f3n, en su orden, son las siguientes:\n<ul>\n<li>El o la c\u00f3nyuge o conviviente sobreviviente.<\/li>\n<li>Los hijos o hijas mayores de 18 a\u00f1os<\/li>\n<li>El padre o la madre<\/li>\n<li>Los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad<\/li>\n<li>Los dem\u00e1s parientes mayores de 18 a\u00f1os<\/li>\n<li>A falta de las personas citadas en los numerales anteriores, podr\u00e1n declarar los directores, directoras o representantes de establecimientos de salud, de asistencia social o de centros penitenciarios, jefes o jefas de comandos militares o policiales, un capit\u00e1n de nave o aeronave o el conductor de veh\u00edculos de transporte.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Certificado de defunci\u00f3n o su equivalente otorgado por el profesional de la salud que atendi\u00f3 la defunci\u00f3n en el extranjero debidamente apostillado o legalizado y traducido al idioma espa\u00f1ol<\/li>\n<li>C\u00e9dula o pasaporte de la persona fallecida<\/li>\n<li>C\u00e9dula de identidad del solicitante, en caso de no disponerla podr\u00e1 presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deber\u00e1 estar vigente.<\/li>\n<li>Si el solicitante es extranjero deber\u00e1 presentar:\n<ul>\n<li>Pasaporte vigente<\/li>\n<li>Documento de identidad vigente si son ciudadanos de pa\u00edses miembros de la CAN<\/li>\n<li>Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Una vez revisada y validada la documentaci\u00f3n, se informar\u00e1 los datos bancarios para el deposito del valor de USD 10,00 por el servicio de inscripci\u00f3n.<\/li>\n<li>Cuando la Embajada reciba el pago, y apruebe los documentos, se coordinar\u00e1 la cita.<\/li>\n<\/ul>\n<p><u>Costo:<\/u><\/p>\n<p>Inscripci\u00f3n Defunci\u00f3n Ordinaria (hasta 48 horas de fallecido): USD. 5.00<\/p>\n<p>Inscripci\u00f3n de defunci\u00f3n extraordinaria: USD 15.00<\/p>\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p class=\"excerpt\">1. Inscripci\u00f3n de nacimiento Requisitos: Enviar un correo electr\u00f3nico a cecudoha@cancilleria.gob.ec solicitando el servicio de inscripci\u00f3n de nacimiento. Se deber\u00e1 adjuntar al correo una copia de los siguientes documentos: Pasaporte vigente de solicitante. Certificado de nacimiento o su equivalente otorgado por el profesional de la salud que atendi\u00f3 el parto en el extranjero, debidamente legalizado y traducido al idioma espa\u00f1ol.&hellip; <a href=\"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/2021\/07\/12\/inscripciones-nacimiento-matrimonio-defuncion\/\">Read more &rarr;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":104,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[16],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/225"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/users\/104"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=225"}],"version-history":[{"count":24,"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/225\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1031,"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/225\/revisions\/1031"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=225"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=225"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cancilleria.gob.ec\/catar\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=225"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}