INTERVENCIÓN PARA LA SESIÓN SOLEMNE, CON OCASIÓN DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 45 AÑOS DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA

28 de mayo de 2024

Quisiera iniciar expresando mi agradecimiento y aprecio a todos Ustedes por participar en esta sesión solemne de conmemoración del cuadragésimo quinto aniversario de creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.

Agradezco la intervención del Dr. Iñigo Salvador, Presidente del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, así como la intervención del Embajador Gonzalo Gutiérrez, Secretario General de la Comunidad Andina.

El Ecuador se precia de ser la sede del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.

Precisamente el día de ayer, en la sede de la Universidad Andina Simón Bolívar, tuve el honor de participar en el acto inaugural de la segunda reunión hemisférica de cortes regionales de las Américas, en donde se reunieron autoridades y representantes del Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur; de la Corte de Justicia del Caribe; de la Corte Centroamericana de Justicia y, por supuesto, del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.

Sin duda, cada uno de esos órganos de justicia tiene un valor superior en el esfuerzo de los pueblos de la región latinoamericana y caribeña por fortalecer la democracia y el Estado de Derecho.

En esta fecha especial, quiero destacar la labor y el legado del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, como órgano jurisdiccional, supranacional y permanente, investido de independencia e imparcialidad, que merece la admiración no solo de nuestros pueblos andinos sino de toda la región.

Una de las mayores fortalezas del Tribunal es su independencia, consagrada en su tratado constitutivo, asociado a la estabilidad del Acuerdo de Cartagena y los derechos y obligaciones que de éste se derivan.

En estos 45 años, el Tribunal de Justicia, se ha configurado como un pilar fundamental del Sistema Andino de Integración, y como órgano jurisdiccional de la Comunidad Andina de amplia eficiencia reflejada tanto en lo cuantitativo como en lo sustantivo.

Debo destacar como hitos, los fallos jurisprudenciales en la práctica del Tribunal, que han sido acogidos como parte del acervo normativo andino y como principios de derecho, siendo el caso de los principios de preminencia, aplicabilidad directa y efecto directo, lo que  “obliga a los jueces nacionales… a aplicar en sus actos judiciales o administrativos el derecho comunitario…, sin que aquéllos puedan resistirse a esa aplicación, so pretexto de que exista una norma nacional anterior o posterior, contraria a la comunitaria”

Otro hito del Tribunal de Justicia es el criterio jurídico interpretativo del acto aclarado, que fue incorporado al ordenamiento jurídico de la CAN a través de  sentencias de interpretación prejudicial emitidas por el Tribunal a partir del 13 marzo de 2023, constituyendo una creación jurisprudencial, en la cual los casos en que el juez nacional deba resolver una controversia en la que se aplique o controvierta el derecho andino, ese juez no está obligado a solicitar una nueva interpretación prejudicial si es que el Tribunal ya ha aclarado dicha norma con anterioridad.

Lo mencionado constituye un aporte sustancial del Tribunal Andino, a la descongestión procesal que lo aquejaba seriamente, a la economía y a la celeridad tanto del sistema de solución de controversias supranacional andino como de los sistemas nacionales.

Más allá de todo esto, el Tribunal tiene un bien superior, que es la confianza de los pueblos andinos.

Por todo lo anterior, hoy deseo reiterar el firme compromiso del Gobierno del Presidente Daniel Noboa de apoyo permanente para las labores y funcionamiento del Tribunal que garantiza la justicia en la Comunidad Andina y con eso favorece el desarrollo armónico, equilibrado, sostenible e integral de nuestros países.

Muchas gracias