Ecuador defiende estabilidad democrática, soberanía y dignidad de los ecuatorianos.
Quito, 6 de abril del 2024
Desde su posesión el 23 de noviembre de 2023, el presidente Daniel Noboa ha combatido frontalmente a la delincuencia organizada transnacional en defensa de la Democracia, la paz y la seguridad de los ecuatorianos.
Hoy, cuando Ecuador enfrenta un conflicto armado no internacional, cuyas repercusiones en la democracia y paz ciudadana han sido evidentes, el abuso de las inmunidades y privilegios que otorga la Convención de Viena, concedidos a una misión diplomática, solo pueden agravar esta situación.
Por esto, me permito explicarles a ustedes como el Ecuador agotó el diálogo diplomático con México respecto a este tema:
Por otra parte, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador realizó unas declaraciones muy desafortunadas, poniendo en duda la legitimidad de las elecciones de 2023 y banalizando el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio, violentando nuevamente el principio fundamental de no intervención en los asuntos internos de otros Estados.
Fue por esta razón que el Gobierno de la República del Ecuador decidió, de conformidad con el artículo 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, declarar “persona non grata” a la Embajadora de México en Quito.
Frente a este hecho, el presidente de México se ratificó en sus declaraciones, afectando la estabilidad democrática, soberanía y dignidad del Ecuador y, paralelamente, la Secretaría de Relaciones Exteriores de México informó que el Gobierno mexicano decidió otorgarle el asilo político.
Para el Ecuador, la concesión de asilo diplomático al ciudadano no sólo es un acto ilícito de México en el contexto de las mencionadas disposiciones de las convenciones sobre asilo, también contraviene el artículo 41 numeral 3 de la Convención de Viena, ya que los locales de la misión no deben ser utilizados de manera incompatible con las funciones de la misión.
Reitero, de manera categórica, que el Ecuador es un país respetuoso del derecho internacional, en el cual no se persigue a persona alguna por motivos de raza, religión, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, en acatamiento a la Constitución, a los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes de la República.
Adicionalmente, México debió cumplir las obligaciones contenidas en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003 y en la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996, haciendo efectivo el deber de cooperar para prevenir y combatir los actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas.
La decisión del Presidente de la República fue tomada, además, ante un riesgo real de fuga inminente del ciudadano requerido por la justicia, en ejercicio de nuestra soberanía.
El Gobierno Nacional ha cumplido con la orden de detención del señor Jorge Glas dispuesta por la Corte Nacional de Justicia y puesto a las órdenes de las autoridades competentes. Para el Ecuador, ningún delincuente puede ser considerado un perseguido político cuando ha sido condenado con sentencia ejecutoriada y con disposición de captura emitida por las autoridades judiciales.