Cultura – Cominal
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| Instrumentos | En el campo cultural las líneas de acción principales son el diálogo intercultural, la diversidad cultural, la creatividad y el patrimonio
Diversidad cultural y diálogo: Ésta temática ha sido objeto de reflexión en UNESCO, desencadenando una serie de conferencias y mesas redondas, coloquios, seminarios y reuniones, informes y publicaciones en varios países del mundo, hecho que ha permitido avanzar hacia la acción normativa que se refleja en la Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales del año 2005. En esta convención se busca también impulsar la creatividad, a través de esta línea de acción se enfatiza el componente socioeconómico de la actividad artística y cultural. De allí que sus principales tareas sean la promoción de las industrias culturales, la lectura, las artes y la protección de los derechos de autor. En esta convención se aborda el diálogo intercultural, relacionado profundamente con el tema de la diversidad. Busca el pluralismo, el diálogo entre culturas y la interacción equitativa entre diversas culturas. Para tales fines la Organización concentra sus esfuerzos en la ejecución de proyectos, realización de eventos, fomento de cátedras, entre otras. UNESCO – Cultura Para efectos de proteger el patrimonio cultural y natural de valor universal, al interior de la UNESCO se adoptó la Convención del Patrimonio Mundial (1972) mediante la cual los Estados Miembro se comprometen con la conservación y protección de lugares, monumentos, obras, que hayan sido declaradas patrimonio mundial. De igual manera con la finalidad de proteger el patrimonio inmaterial se adoptó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial en el marco de la 32 Conferencia General de la UNESCO de 2003. Así mismo, con el fin de fortalecer el accionar en torno a la prevención del tráfico ilícito de bienes culturales, la UNESCO ha dirigido la acción normativa y diplomática a dos objetivos fundamentales: la prevención de la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícita de bienes culturales y la Restitución de Bienes Culturales robados o ilícitamente exportados, para el efecto se establece la Convección de 1970, la cual considera a todos los objetos que por razones religiosas o profanas, hayan sido expresamente designados por cada Estado como de importancia para la arqueología, la prehistoria, la historia, la literatura, el arte o la ciencia y que pertenezcan a las categorías. El órgano soberano de la Convención es la Reunión de Estados Partes, el cual proporciona orientaciones estratégicas para la aplicación de la Convención y toma todas las medidas que considera necesarias para la promoción. http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=13039&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.htmll
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