El 21 de abril, culmina plazo de reclamos para recálculo de deudas correspondiente a la Ley de Cierre de la Crisis Bancaria de 1999

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana recuerda a la ciudadanía en general y especial a los compatriotas migrantes que residen en el exterior y para aquellos que han retornado, que el plazo de reclamos para recálculo de deudas correspondientes a la “Ley de Cierre de Crisis Bancaria de 1999” culmina el 21 de abril de 2014, según lo establece la Ley de Registro Oficial No. 188, publicada, el 20 de febrero de 2014.

Artículo 14.- párrafo 5, “Los deudores beneficiarios de este recálculo que posean documentación que justifique pagos efectuados, que no hubieren sido registrados por las entidades financieras extintas, u otros documentos probatorios relevantes tendrán el plazo de sesenta (60) días desde la publicación de esta Ley para presentar al Banco Central del Ecuador o la Corporación Financiera Nacional, según sea el caso, la documentación, y señalarán un domicilio o dirección electrónica para notificaciones”.

Recuerda: La Ley prevé la exoneración de tasas consulares para el otorgamiento de poderes suscritos en el exterior, para delegar la gestión de estos asuntos en Ecuador.

La Ley busca beneficiar a miles de deudores y depositantes de la banca cerrada, regularizando la calificación e historial crediticio de los deudores restablecidos por los mecanismos de esta Ley. Son beneficiarios todos los deudores de buena fé.

¡Cierra el pasado y vive un mejor presente!