ECUADOR ESTABLECE CONDICIONES PARA EL INGRESO DE CIUDADANOS COLOMBIANOS A TERRITORIO ECUATORIANO

l Ministerio de Relaciones Exteriores informa que el Presidente de República, Rafael Correa Delgado, suscribió el día 3 de diciembre en curso, el Decreto Ejecutivo número 1471, mediante el cual se establecen condiciones especiales para el ingreso de ciudadanos colombianos a territorio ecuatoriano.

En los considerandos se manifiesta que “la seguridad nacional se ha visto gravemente afectada debido a la incursión, principalmente de colombianos, que en algunos casos pasan a formar parte de asociaciones con fines delincuenciales”, y siendo “deber del Estado ecuatoriano, a través de sus instituciones, atender a la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional”, se decreta que “para autorizar el ingreso de ciudadanos colombianos al territorio del Ecuador, en calidad de turistas o de transeúntes, además de los requisitos previstos en los convenios internacionales, las leyes y reglamentos de la materia, se requerirá el documento otorgado por la autoridad competente de Colombia debidamente legalizado, por el cual demuestren que no tienen antecedentes penales, previo a autorizar su ingreso al territorio nacional”.

Así mismo se expresa que de incumplirse con el requisito previsto, se negará la solicitud de admisión en el país.

Estas normas entraron en vigencia a partir a la fecha de promulgación del Decreto 1471, y será aplicado en todos los puertos de ingreso al Ecuador por parte de la Policía de Migración, así como se ha instruido sobre su contenido a todas las Embajadas y Consulados del Ecuador en el exterior.